Compliance


ARAGOGAMMA, S.L. da a conocer su Modelo de Prevención de Delitos (MPD) que se ajusta a las exigencias legales en materia de responsabilidad penal corporativa, cuyo objetivo es prevenir que su estructura jurídica sea utilizada para cometer delitos y a la vez implementar un buen gobierno corporativo y una cultura de cumplimiento.

ARAGOGAMMA, S.L. ha procedido a la implementación de un Modelo de Prevención de Delitos / Compliance Penal de conformidad al art.31 bis del Código Penal. 

En el año 2010, con la reforma del Código Penal, se introdujo en España la responsabilidad penal de las empresas. Posteriormente, en el año 2015 se estableció la necesidad de que las empresas cuenten con Modelos de organización y gestión para la prevención de delitos (Modelos de Prevención de Delitos). 

Desde el año 2017, ARAGOGAMMA se encuentra implementando y desarrollando una estructura interna para la prevención de la comisión de delitos en el ámbito de la entidad. 


Alcance del MPD 

ARAGOGAMMA ha procedido a la implementación de una organización interna para la prevención de delitos que se vertebra en: 

1. Análisis de riesgos penales. 

2. Mapa de riesgos.

3. Implementación de controles transversales para la prevención, detección y mitigación de los riesgos.

4. Implementación de controles específicos para la prevención, detección y mitigación de los riesgos.

5. Creación de un Comité de Compliance.

6. Apertura de un Canal de Denuncias.

7. Auditorías internas.

8. Asesoramiento por experto externo.

COMITÉ DE COMPLIANCE / COMPLIANCE OFFICER:

Se ha procedido a la creación de un COMITÉ DE COMPLIANCE de carácter pluripersonal, compuesto por varios Compliance Officers. 

El COMITÉ DE COMPLIANCE, es el órgano encargado de velar por la coordinación y supervisión del funcionamiento y cumplimiento del Modelo de Prevención de Delitos implementado. 

Sus funciones y responsabilidades se encuentran detalladas en el “Protocolo Comité de Compliance y Canal Ético” de la entidad. 

CANAL ÉTICO Y DE DENUNCIAS. 

ARAGOGAMMA ha procedido a la creación de un Canal Ético - de denuncias como medida de control de alto nivel, con la finalidad de que cualquier miembro directo (administradores, empleados, profesionales y directivos) o relacionado (colaboradores o proveedores) pueda comunicar cualquier indicio o sospecha de comisión de una conducta que pueda suponer: 

• Incumplimiento de la normativa aplicable, protocolos, procedimientos, y controles internos  

• Comisión de hechos que no se adecuen a los principios éticos y a las buenas prácticas empresariales

• Comisión de hechos que pudieran ser delictivos.

El funcionamiento del canal de denuncias y la tramitación de las mismas, se encuentra detallado en el “Protocolo del Comité de Compliance y Canal Ético” de la entidad. 


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